La ley 17.235, sobre impuesto Territorial, dispone que los bienes raíces no agrícolas, que correspondan a sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros, ubicados en área urbana, de tolas las comunas del país. deben ser objeto de reavalúo cada año. Por esta razón, a contar del 1 de enero 2023, el servicio de impuestos internos (SII) ha emitido el rol avalúos para cada comuna.