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Declaración de Sucursales y N° de Trabajadores

DIRECCIÓN DE RENTAS

DISPOSICIONES LEGALES

Artículo 25, Ley 3.063 de Rentas Municipales.- En los casos de contribuyentes que tengan sucursales, oficinas, establecimientos, locales u otras unidades de gestión empresarial, cualquiera que sea su naturaleza jurídica o importancia económica, el monto total de la patente que grava al contribuyente será pagado proporcionalmente por cada una de las unidades antedichas, considerando el número de trabajadores que laboran en cada una de ellas, cualquiera sea su condición o forma, pudiendo considerar, además, otros factores que aseguren una distribución equitativa, todo lo cual será determinado por el reglamento que al efecto se dicte.

    Para estos efectos, el contribuyente deberá presentar, en la municipalidad en que se encuentra ubicada su casa matriz, tanto la declaración referida en el artículo precedente como otra declaración en que se señale el número total de trabajadores que laboran en cada una de las sucursales, oficinas, establecimientos, locales, u otras unidades de gestión empresarial.

     Sobre la base de las declaraciones antes referidas y los criterios establecidos en el reglamento, la municipalidad receptora determinará y comunicará, tanto al contribuyente como a las municipalidades vinculadas, la proporción del capital propio, que corresponda a cada sucursal, establecimiento o unidad de gestión empresarial. En virtud de tal determinación, las municipalidades en donde funcionen las referidas sucursales, establecimientos o unidades, calcularán y aplicarán el monto de la patente que corresponda pagar a dichas unidades, según la tasa vigente en las respectivas comunas.

    Se entiende por casa matriz para los efectos de este artículo, la oficina, local, o establecimiento en que funciona la gerencia de la empresa o negocio o su dirección general.

La no presentación en las fechas indicadas del art.25° Ley 3.063, faculta a la municipalidad para aplicar multa de acuerdo al Artículo 52°, Ley 3.063 de Rentas Municipales.

 Trabajadores. – Se entiende por trabajadores a todos aquellos que durante el año comercial se desempeñaron en la empresa respectiva bajo cualquier condición o forma de relación con ella, igualmente se considera como tales a los trabajadores de temporada y los de empresas subcontratistas que prestaron servicios para el contribuyente.

Plazo de Presentación Declaración del Número de Trabajadores : Hasta último día hábil del mes de mayo.

INSTRUCCIONES

  1. Completar todos los datos requeridos.
  2. Ingresar datos de comuna, Nº de rol de la Patente y el Nº de Trabajadores, de cada una de ellas, Indicando la Casa Matriz.
  3. Adjuntar declaración de renta actual
  4. Adjuntar fotocopias de patentes.

El certificado correspondiente a la distribución de capitales, será entregado previa verificación de los derechos cancelados de la patente municipal.

(RENTAS) - DECLARACION DE SUCURSALES Y N° DE TRABAJADORES

A) INDIVIDUALIZACION DEL CONTRIBUYENTE.

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B ) DETALLE CASA MATRIZ Y SUCURSALES Y N° DE TRABAJADORES

Casa Matriz :

Sucursal (es) :

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